Nuevas medidas en la factura de la luz

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24.06.2021

Nuevo sistema de tarifas

Para reducir la elevada factura eléctrica, a partir del mes de junio comenzó a funcionar el nuevo sistema de tarifas impulsado por el Gobierno.

Con este nuevo cambio de tarifas se intenta incentivar el consumo de electricidad en horarios valle en los que las redes de transporte y distribución están menos saturadas. Estas medidas ayudarán a reducir la necesidad de acometer inversiones en dichas infraestructuras.

A continuación resumimos la nueva estructura de horarios:

PERIODO HORARIO ENTRE SEMANA HORARIO FIN DE SEMANA
HORA PUNTA 10:00 – 14:00

 

18:00 – 22:00

 
HORA LLANO 08:00 – 10:00

 

14:00 – 18:00

22:00 – 00:00

 
HORA VALLE 00:00 – 08:00 00:00 – 00:00

Adicionalmente, el jueves 23 de junio, el Gobierno anunció que se aprobarían en Consejo de Ministros extraordinario las siguientes medidas:

  • Reducción al 10% del IVA hasta el 31 de diciembre de 2021 para todos los consumidores con potencia contratada hasta 10 kW, siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista de la electricidad esté por encima de los 45 euros por MWh.
  • Reducción al 10% del IVA a todos los consumidores vulnerables severos hasta 31 de diciembre de 2021, con independencia de su potencia contratada y del precio del mercado.
  • Suspensión del 7% del IVPEE (Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica) durante el tercer trimestre de 2021.

A continuación, hacemos un repaso de las figuras tributarias que van a ser modificadas:

TRIBUTO CONCEPTO TIPO CÓMO SE APLICA SUJETO PASIVO
Impuesto sobre el Valor Añadido

 

(IVA)

Recae sobre el consumo y grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales 21% (Término de potencia + Término de energía + Alquiler contador + Impuesto sobre la electricidad) x 0’21 El empresario o profesional que presta el servicio, si bien, la repercusión se produce en el consumidor final
Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica

 

(IVPEE)

 

 

Grava la realización de actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica

7% Cuota íntegra = base imponible (importe total percibido x la producción e incorporación al sistema de energía eléctrica) x 0’07 Las personas físicas o jurídicas que produzcan e incorporen al sistema eléctrico energía eléctrica

Si quiere ampliar información sobre esta o cualquier otra cuestión relacionada, puede ponerse en contacto con nuestro equipo de expertos en materia fiscal.


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